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Medidas de Tutela de Derechos de permanencia agosto 2021 - enero 2022

 

C.C. SECRETARIOS, TESORERA GENERAL, 

ABOGADO GENERAL, COORDINADORES, 

DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES DE

ÁREA Y DIRECTORES DE ESCUELAS, FACULTADES,

CENTROS DE INVESTIGACIÓN, CONSEJOS DIRECTIVOS

DE LOS INSTITUTOS, SITAUAEM, STAUAEM Y FEUM.

PRESENTES
 

Considerando la continuación de la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) que ha impactado a toda la comunidad universitaria, me permito dictar las siguientes medidas para mantener la excelencia académica que permita cumplir los procedimientos académico administrativos así como salvaguardar los derechos humanos a la salud y la educación de todas las personas estudiantes de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), que comprueben con la exhibición de las evidencias pertinentes una afectación relevante a su esfera académica derivada de dicha pandemia, durante el periodo comprendido del 1° de agosto de 2021 al 31 de enero de 2022:

 

I.- Se declaran salvaguardados los derechos a la permanencia del alumnado de todos los niveles educativos que se ofertan en la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

En caso de que la afectación por la referida pandemia requiera la modificación del mapa curricular de cualquier plan de estudios, ésta deberá seguir el procedimiento ordinario establecido en la Legislación Universitaria.

Como consecuencia de lo anterior, las autoridades competentes, en los términos y condiciones previstos de la normatividad institucional, previo trámite y cumplimiento de las personas estudiantes interesadas o de quien acredite debidamente su representación legal, podrán autorizar lo siguiente:

I.1.- El cursamiento de un semestre lectivo adicional a todas las personas estudiantes dentro de la vigencia del presente acto jurídico y que se encuentren inscritos y cursando el último semestre de su respectivo plan de estudios, sin que él mismo se considere rezago educativo al interior de la institución. Al efecto, deberán solicitar dicha autorización por escrito a quien se desempeñe como titular de la Secretaría Académica de esta Máxima Casa de Estudios;

I.2.- El otorgamiento de bajas temporales y de asignaturas, siempre y cuando la persona estudiante no tenga adeudos por pagos de servicios o de otra naturaleza con la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

En caso de omisión del referido trámite de baja temporal se incurrirá en un abandono escolar imputable a la persona estudiante, teniendo como consecuencia su baja definitiva automática en el Plan de Estudios al que se encuentre inscrito.

I.3.- La autorización del pago moroso de servicios a la Universidad correspondientes, exclusivamente hasta el último día hábil que corresponda al periodo lectivo que le hubiese correspondido cursar como estudiante dentro del plazo comprendido del 1° de agosto de 2021 al 31 de enero de 2022;

I.4.- La revocación de todas las bajas que hubiesen tenido verificativo por morosidad en pagos de cuotas escolares exclusivamente a partir del periodo enero-junio de 2020 y hasta el 31 de enero de 2022. Debiendo entenderse que esta revocación no implica una exención, por lo que, en su momento oportuno, las personas estudiantes beneficiarias deberán cubrir a la institución los montos adeudados.

I.5.- Los demás trámites y medidas que sean pertinentes, proporcionales y necesarios para evitar que las personas estudiantes causen baja definitiva por una causa o término provocados por la contingencia del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

II.- Los porcentajes mínimos de asistencia a las asignaturas con valor curricular de los planes de estudio contemplados en la Legislación Universitaria, quedarán suspendidos en su observancia durante la vigencia del presente acto jurídico como condicionante para aplicar cualquier tipo de examen así como para las demás actividades académicas análogas que resulte conducente.

III.- Se extiende la vigencia hasta el 31 de enero de 2022 de todo el contenido de la siguiente normatividad institucional emitida con motivo de la emergencia sanitaria del virus SARS-CoV2 (COVID-19):

III.1. Lineamientos Operativos para regular provisionalmente el ingreso, la permanencia y el egreso en la Universidad Autónoma del Estado de Morelos durante la pandemia del virus SARS-COV2 , y

III.2. Acuerdo por el que se autoriza de manera extraordinaria a realizar en línea los trámites de Revalidación y Equivalencia para efectos de ingreso a Bachilleratos y Licenciaturas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

IV.- Se faculta a las personas titulares de la Secretaría General y Secretaría Académica para    conocer, analizar y resolver los casos no previstos en materia del presente Acuerdo, en el ámbito de su respectiva competencia.

 


Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1° y 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6° fracciones II y III, 7° fracciones V, VI y VIII, 25, 27 fracción I y 37 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, 104 fracción XII y 108 del Estatuto Universitario y 2° y 14 del Acuerdo General para la continuidad del funcionamiento de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos durante la Emergencia Sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID- 19).


 

A T E N T A M E N T E

Por una humanidad culta


 

DR. GUSTAVO URQUIZA BELTRÁN

RECTOR