Convocatorias

Convocatoria UAEM 18/08/17

El Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, CONVOCA a participar en el PROCEDIMIENTO ELECTORAL DE CINCO INTEGRANTES DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RADIODIFUSIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS POR EL PERIODO 2017-2020, bajo las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. - DE LA NATURALEZA E INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RADIODIFUSIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS: 

1.- El Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos es un organismo auxiliar de consulta, análisis y participación social en los servicios públicos de radiodifusión que se encuentran a cargo de la referida institución universitaria.

2.- El Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos es una entidad imparcial e independiente que al ser garante de la participación ciudadana en los servicios públicos de la institución no guarda subordinación a ninguna autoridad de dicho organismo público autónomo. 

3.- El Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos se integrará por cinco Consejeros Ciudadanos. Dicho cargo será honorífico.

4.-  El ejercicio del cargo como integrante del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos es por el término improrrogable de tres años sin posibilidad de reelección de manera inmediata. Dicho plazo se contará a partir de la fecha en que tenga verificativo la elección conducente por parte del Pleno del Consejo Universitario. 

5.- El Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades: 

I.- Proponer criterios a la Universidad Autónoma del Estado de Morelos para asegurar la autonomía universitaria, la independencia y una política imparcial y objetiva.

II.- Sugerir proyectos que coadyuven al fortalecimiento de los fines sustantivos y adjetivos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. 

III.-Evaluar que los programas y propuestas cubran los objetivos que persiga el concesionario conforme a su título de concesión;

IV.- Presentar por escrito ante el Consejo Universitario un informe anual de sus actividades;

V.-  Someter a la consideración del Consejo Universitario la expedición y modificación de su Reglamento Interior, donde deberá contemplarse reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales en la programación de los servicios de radiodifusión operados por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos;

VI.- Sugerir mecanismos de participación ciudadana a fin de atender las inquietudes y propuestas de las audiencias de los servicios de radiodifusión operados por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos;

VII.- Rendir informes públicos sobre el nivel de cumplimiento de los criterios establecidos para asegurar la independencia y una política editorial imparcial y objetiva por parte de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos como concesionaria;

VIII.- Emitir opinión en los temas o asuntos específicos que le sean planteados por el Rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos; 

IX.- Resolver sobre las solicitudes de licencia de sus integrantes que no excedan de seis meses; 

X.- Establecer vinculación con los diversos sectores de la comunidad universitaria y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, cuando la naturaleza de los temas que conozca así lo haga necesario, y

XI.- Las demás que le otorgue la Legislación Universitaria y las disposiciones aplicables. 

 

SEGUNDA. - DE LOS REQUISITOS  PARA SER ELECTO CONSEJERO CIUDADANO: Las y los aspirantes que se encuentren interesados en participar en el procedimiento electoral objeto de esta convocatoria, deberán cumplir con los siguientes requisitos de elegibilidad consignados en el artículo 6 del Acuerdo por el que se crea y se establecen las bases generales de organización del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, en cuya parte conducente se establece:

 

I.- Ser mexicano/a con residencia en el Estado de Morelos por más diez años;

II.- Tener como mínimo treinta años cumplidos en el momento de la designación;

III.- Gozar de buena fama pública; 

IV.- Contar con experiencia probada en actividades profesionales, sociales, de servicio público o académicas en materia de comunicación y medios digitales; 

V.- No ser miembro activo de ningún partido político o ministro de alguna asociación de culto religioso;

VI.- No estar vinculado/a en términos laborales con la Universidad Autónoma del Estado de Morelos;

VII.-  No estar registrado/a como precandidato/a o candidato/a a ningún puesto de elección popular, en el momento de su elección ni durante su desempeño del cargo;

VIII.-  No tener implementada acción legal alguna en contra de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, y

IX.- No desempeñarse, en el momento de registro de su candidatura como alumno/a, Consejero/a Técnico/a o Consejero/a Universitario/a de cualquier Unidad Académica de la Universidad, miembro activo de las fuerzas armadas ni ser servidor/a público/a municipal, estatal o federal;

 

Si durante el ejercicio del cargo se incurre en alguno de los impedimentos consignados precedentemente, esta circunstancia será causal de remoción automática como integrante de dicho Consejo. 

 

TERCERA. - DE LAS INSTANCIAS COMPETENTES. La implementación de los actos jurídicos del presente procedimiento electoral estará a cargo del Pleno del Consejo Universitario y, por esta única ocasión,  de su Comisión Especial para la elección del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, en adelante la Comisión Especial. 

CUARTA. - DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL. El procedimiento objeto de esta convocatoria se llevará a cabo bajo las siguientes etapas: 

I.- Registro de candidaturas. Cada aspirante a participar en esta convocatoria deberá entregar por duplicado en formato impreso y electrónico soportado en un disco compacto, la siguiente documentación:

a) Una carta de exposición de motivos firmada por la/el aspirante dirigida al Consejo Universitario donde solicite el registro de su candidatura y explique los argumentos que justifican su postulación como integrante del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. En este mismo documento señalará un teléfono y un correo electrónico para efectos de oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos relacionados a esta elección. 

b) Un escrito firmado por la/el aspirante donde manifieste al Consejo Universitario, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los impedimentos que señala el artículo 6 del Acuerdo por el que se crea y se establecen las bases generales de organización del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. 

c) Currículum vitae con copia simple de la documentación comprobatoria que al efecto estime conducente.

d) Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses de expedición. 

e) La documentación necesaria para cumplir los requisitos de elegibilidad previstos en la base segunda de esta convocatoria. 

f) Escrito firmado por la/el aspirante donde autorice a la Universidad Autónoma del Estado de Morelos a difundir públicamente los documentos consignados en la presente base que se consideren pertinentes para efectos de la máxima transparencia del presente procedimiento.  

En caso de considerarlo necesario, la Comisión Especial se reserva el derecho de solicitar la documentación original antes aludida para su cotejo;

 

De encontrarse alteración o falsificación en sus documentos, la/el aspirante quedará eliminado automáticamente del procedimiento electoral objeto de la presente convocatoria.

 

Los documentos precedentemente consignados, deberán ser entregados en las oficinas de la Secretaría General y del Consejo Universitario ubicadas en Avenida Universidad 1001, Colonia Chamilpa, Código Postal 62209, Cuernavaca, Morelos, sexto piso de la Torre Universitaria dentro del periodo comprendido del veintiuno de agosto al primero de septiembre de la anualidad que corre en días y horario hábiles de atención de oficina, esto es de lunes a viernes de ocho a dieciséis horas.

 

II.- Calificación de candidaturas: La Comisión Especial calificará las candidaturas en una sesión de trabajo que sostendrá a partir de las nueve horas del cuatro de septiembre de dos mil diecisiete en la Sala de Juntas de la Secretaría General y del Consejo Universitario. 

III.- Entrevistas a candidatos: Las y los candidatos que acrediten cumplir los requisitos de elegibilidad previstos en la Legislación Universitaria, sostendrán una entrevista individual con la Comisión Especial, con equidad de tiempos y en orden alfabético de su apellido paterno, en el periodo comprendido del seis al ocho de septiembre de dos mil diecisiete en la Sala de Juntas de la Secretaría General y del Consejo Universitario, en el horario que se les notificará oportunamente.  Las referidas entrevistas serán video grabadas por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos para efectos de transparencia y de documentación del procedimiento.  

IV.- Deliberación e integración de los dictámenes de terna, dupla o candidatura única.  La Comisión Especial queda facultada para dictaminar e integrar terna, dupla o candidatura única según estime conducente, para la continuación del procedimiento electoral objeto de la presente convocatoria ante el Pleno del Consejo Universitario.

La sesión de la Comisión Especial donde se elaborará el dictamen aludido en esta base tendrá verificativo a partir de las doce horas del doce de septiembre de dos mil diecisiete en la Sala de Juntas de la Secretaría General y del Consejo Universitario. 

 La notificación a las y los candidatos que resulten seleccionados por la Comisión Especial se realizará por quien ostente el cargo de Secretario Técnico de la Comisión Especial los días trece y catorce de septiembre del dos mil diecisiete. Dichas personas deberán comparecer en la fecha, horario y sede en que oportunamente se les informe a presentar, en igualdad de condiciones, su semblanza y exposición de motivos ante el Colegio de Directores, el Colegio de Consejeros Universitarios Académicos y la Federación de Estudiantes Universitarios de Morelos. 

V.- Votación de los dictámenes de terna, dupla o candidatura única por el Pleno del Consejo universitario. El Pleno del Consejo Universitario elegirá a los cinco integrantes del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, por mayoría simple en su tercera sesión ordinaria del año dos mil diecisiete. Quienes resulten electos deberán rendir la protesta de Ley ante el Consejo Universitario en esa misma sesión. 

QUINTA. - DE LA INAPELABILIDAD DE LAS RESOLUCIONES OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA. Las resoluciones y dictaminación del Pleno del Consejo Universitario y de la Comisión Especial respectivamente serán inapelables.

SEXTA. – DE LOS PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN. Los principios de buena fe, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, transparencia y equidad serán de observancia obligatoria para todas las actuaciones del Pleno del Consejo Universitario y de la Comisión Especial que se deriven de la presente convocatoria.

SÉPTIMA. - DE LOS CASOS NO PREVISTOS. Cualquier asunto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión Especial.  

Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, 7 fracciones I y XVIII, 18 y 19 fracciones X y XI de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y 43, 44, 45, 49 y 58 del Estatuto Universitario y 1,5, 6, 8 y tercero transitorio del Acuerdo por el que se crea y se establecen las bases generales de organización del Consejo de Participación Ciudadana en los Servicios Públicos de Radiodifusión de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

Para mayor información, Dirección de Normatividad Institucional de la Secretaría General de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Avenida Universidad 1001, Colonia Chamilpa, Código Postal 62209 Cuernavaca, Morelos, sexto piso de la Torre Universitaria, Teléfono 329-70-00 extensiones 2125 y 3176 y al correo electrónico normatividad@uaem.mx

 

Cuernavaca, Mor. 18 de agosto de 2017.

 

 

A T E N T A M E N T E

Por una humanidad culta

 

 

LOS C.C. INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONSEJO UNIVERSITARIO PARA LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RADIODIFUSIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS

 

 

 

DR. VÍCTOR MANUEL PATIÑO TORREALVA 

en suplencia del DR. JESÚS ALEJANDRO VERA JIMÉNEZ 

Presidente de la Comisión Especial y del Consejo Universitario. 

 

 

 

 

DRA. LORENA NOYOLA PIÑA 

Consejera Universitaria Directora de la Facultad de Diseño y Secretaria Técnica de la Comisión Especial

 

 

 

DR. JUAN CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ 

Consejero Universitario Director del Centro de Investigación en Ciencias Cognitivas

 

 

 

DR. ENRIQUE PÉREZ SALAZAR 

Consejero Universitario Académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

 

 

 

 

PSIC. JANUARIO ZAGAL HUERTA Consejero Universitario Académico de la Facultad de Ciencias del Deporte

 

 

C. CÉSAR EDUARDO SERRANO GARCÍA 

Consejero Universitario Alumno de la Facultad de Artes

 

 

C. SALVADOR OLIVAS LÓPEZ

 Consejero Universitario Alumno de la Facultad de Medicina.